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REFORMA LABORAL

El Gobierno aprueba la obligatoriedad de registar la jornada laboral

Desde hace más de 35 años, Kelio ha instalado sistemas de registro horario en un gran número de empresas dotándolas de mecanismos para el riguroso cumplimiento del ET.

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Cumplimiento de las leyes laborales

A raíz de la crisis económica de hace unos años en España, el derecho al trabajo se ha descontextualizado y se han dejado de respetar los derechos de los trabajadores en el mundo laboral.

Luchar contra el fraude laboral es una de las tareas pendientes del gobierno español, y la quiere afrontar a través de 75 medidas que forman un programa llamado Plan Director por un Trabajo Digno, de forma que se pueda asegurar un salario digno, que se gane al realizar cualquier trabajo con unas condiciones laborales justas, una protección social adecuada para cada puesto de trabajo, y garantizando la seguridad en cuanto al ámbito de la prevención de riesgos laborales.

Este plan incluye una inversión de 30 millones de euros desde la fecha hasta el año 2020, que se destinarán a reforzar todo tipo de recursos, tanto humanos como materiales, para reconstruir una sociedad laboral acorde a los ideales más básicos de lo que supone el trabajo para cualquier ciudadano.

Para poder perseguir el fraude laboral, el gobierno ha intensificado sus recursos humanos y económicos para conseguir estabilizar las condiciones laborales de los trabajadores.

Los sistemas de Kelio permiten estar al día con el cumplimiento de la ley laboral con respecto al seguimiento de las horas extraordinarias.

Para dar un mayor servicio a las empresas, Kelio cuenta con un servicio de asesoramiento para la empresa dándole los consejos básicos para cumplir con la ley laboral en todo momento.

 

BOLETÍN OFICIAL - 12/03/2019

«9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.

Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.

La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.»

Leer el Boletin oficial

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